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Autónomo societario: ¿Qué es?, Obligaciones ¿Cómo cobra?

Autónomo societario

Si estás pensando en emprender a través de una sociedad, es clave conocer qué implica ser autónomo societario.

En este artículo te explicamos qué es, qué tipos existen, cuándo es obligatorio darse de alta, cómo se tributa y cuáles son las principales diferencias respecto al autónomo tradicional. Además, respondemos a las preguntas más frecuentes sobre esta figura cada vez más común entre emprendedores y pequeños empresarios.

¿Qué es un autónomo societario?

El autónomo societario es un trabajador por cuenta propia que ha constituido una sociedad, usualmente, una Sociedad Limitada. A diferencia del autónomo tradicional, esta figura no responde con su patrimonio personal ante las deudas del negocio, sino que limita su responsabilidad al capital social de la empresa.

Esta estructura ofrece mayor protección jurídica y financiera, siendo una opción mucho más atractiva para quienes buscan emprender con socios.

Tipos de autónomos societarios

Los autónomos societarios pueden clasificarse según su participación y rol en la empresa:

  1. Socio trabajador: Posee al menos un 33% del capital social y participa activamente en la gestión del negocio.
  2. Socio conviviente: No posee participaciones, pero convive con un socio que tenga al menos el 50% de la empresa.
  3. Socio con funciones de dirección y/o administración: Tiene un 25% de participaciones y ejerce funciones de dirección o gerencia.
  4. Socio capitalista: No tiene obligación de trabajar en la empresa ni de darte de alta en el RETA, simplemente aporta al capital social. Podrá disfrutar de los beneficios mediante reparto de dividendos.

¿Cuándo tienes la obligación de ser autónomo societario?

La obligación de darse de alta como autónomo societario surge cuando:

  • Se ejerce funciones de dirección y gestión empresarial.
  • Se es administrador de la sociedad.
  • Se poseen participaciones relevantes y se prestan servicios retribuidos.

No es necesario si el socio no trabaja activamente en la empresa ni cobra por ello.

Diferencias de un trabajador autónomo con un autónomo societario

  1. Responsabilidad: El autónomo común responde con su patrimonio personal, mientras que el societario limita esta responsabilidad al capital de la empresa.
  2. Cotización: La base de cotización mínima de los autónomos societarios es más alta, al igual que sus cuotas mensuales.
  3. Estructura Legal: El proceso para formar una sociedad es más complejo y costoso que darse de alta como autónomo individual.

Cómo darse de alta como autónomo societario

Para darse de alta:

  1. Constituye la sociedad pasando por notaría y Registro Mercantil.
  2. Solicita el NIF provisional y definitivo.
  3. Presenta el modelo 036 en la Agencia Tributaria.
  4. Completa y envía el modelo TA.0521 a la Seguridad Social.
  5. Si vas a contratar personal, solicita el Código de Cuenta de Cotización.

¿Cómo debe cobrar un autónomo societario?

El cobro puede realizarse mediante:

  • Factura: Si la actividad es profesional, el autónomo estará obligado a facturar a la sociedad.
  • Nómina: Si la actividad es empresarial, el autónomo podrá optar por tener una nómina dentro de la empresa
  • Dividendos: Los socios también podrán cobrar mediante dividendos. Aunque esto solo es recomendable para sueldos superiores a 240.000€.

¿Se puede cobrar nómina y factura?

Sí, dependiendo del tipo de trabajo realizado dentro de la empresa. Si cobras por labores de administración, dirección o gerencia, normalmente será a través de nómina, mientras que prestas servicios deberá ser mediante factura

Preguntas frecuentes

1. ¿El autónomo societario tiene acceso a la tarifa plana?
Sí, como autónomo societario puedes acceder a la tarifa plana bajo las mismas condiciones que otros autónomos.

2. ¿Los autónomos societarios tienen acceso al paro?
Tienes los mismos derechos que los autónomos corrientes. Es difícil pero no imposible.3. ¿El autónomo societario cobra mediante nómina o factura?
Dependerá de si la actividad que se realiza es profesional o empresarial. Si es empresarial, nómina. Si es profesional, factura.

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